Comentarios en augusto-lopezhttp://augusto-lopez.espacioblog.com2009-10-30T15:42:55Zaugusto lopezComentario en Mas comentarios sobre el personal civil regido por el decreto 1214 de 1990.http://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2009/01/21/mas-comentarios-sobre-personal-civil-regido-el-decreto-12#c46116452009-10-30T15:42:55Zaugusto Prisicla si tienes derecho a los pasajes, entonces debes hacerle una solicitud al Hospital Militar de pasajes, si no te cont...
<p> Prisicla si tienes derecho a los pasajes, entonces debes hacerle una solicitud al Hospital Militar de pasajes, si no te contestan en unos dias, le envias un derecho de petición para que te informen por que no te dan respuesta y si finalmente no te contestan, con estos antecedentes, instauras una tutela.......sigue trabajando y espero haber ayudado.
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Comentario en Mas comentarios sobre el personal civil regido por el decreto 1214 de 1990.http://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2009/01/21/mas-comentarios-sobre-personal-civil-regido-el-decreto-12#c46102112009-10-29T23:03:39Zpriscila soy funcionario publico de la Armada nacional Decreto 1214 de 1990, vivi en puerto carreño Vichada, soy usuatria de la Dir...
<p> soy funcionario publico de la Armada nacional Decreto 1214 de 1990, vivi en puerto carreño Vichada, soy usuatria de la Direccion de Sanidad, en 19 años de servicio solo he salido a la ciudad de bogota a una sola cita he perdido 3 citas medicas por falta de dinero para el transporte a bogota, de que sirve que nos den las citas si no no tenemos los recursos para el dezplazamiento todas las eps sisben, salucoos etc dan el transporte a los pacientes por que la sanidad naval no responde? </p>
<p>esperando pronta respuesta que debo hacer a quien me dirijo
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<p> seria muy agradable continuar con la farsa de todo esto pero es perder el tiempo en asuntos con muy poca importancia, generada por individuos poco pensantes.</p>
Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c46045332009-10-27T21:25:57Zcarlos julio gil cardenas Buenas Tardes Augusto
Me comunico con usted para que me aclare una situación del Decreto No.03905 del 08102009 emanado de...
<p> Buenas Tardes Augusto<br />
Me comunico con usted para que me aclare una situación del Decreto No.03905 del 08102009 emanado del Departamento Administrativo de la Funcion Pública en el cual dice: "Los empleos vacantes en forma definitiva del sistema de carrera general, de los sistemas especificos y especial del sector defensa, que esten siendo desempeñados con personal vinculado mediante nombramiento provisional efectuado antes del 24092004 a cuyos titulares a la fecha de expedición del presente decreto le falten tres (3) años o menos para causar el derecho de pensión de jubilación, serán ofertados por la comision nacional del servicio civil una vez su servidor cause su respectivo derecho pensional.<br />
Estio me da a entender que los que estemos a tres años o menos y que pertenezcamos al regimen especial del decreto 1214 nos alcalzamos a pensionar.</p>
<p>solicito respetuosamente darme respuesta por este medio......GRACIAS.</p>
Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c45930942009-10-23T01:37:30Zhenry sr augusto si es posible comunicarme con ud directamente mi numero es 3133978012 si desea favor enviar su cel a mi corre...
<p> sr augusto si es posible comunicarme con ud directamente mi numero es 3133978012 si desea favor enviar su cel a mi correo para quienes interese henrygutierreztafur@hotmail.com recibo los comentarios q sean gracias soy 12 14 y estoy muy interesao en el tema
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Comentario en Mas comentarios sobre el personal civil regido por el decreto 1214 de 1990.http://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2009/01/21/mas-comentarios-sobre-personal-civil-regido-el-decreto-12#c45651492009-10-15T21:35:26Zaugusto En principio usted tiene todos los derechos a que le reconozcan su tiempo de servicio, pero seria bueno que me contara cuand...
<p> En principio usted tiene todos los derechos a que le reconozcan su tiempo de servicio, pero seria bueno que me contara cuando ingreso al ministerrio y cuando se retiro, tambien los otros tiempos de trabajo o cotización....espero haberle ayudado.
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Comentario en Mas comentarios sobre el personal civil regido por el decreto 1214 de 1990.http://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2009/01/21/mas-comentarios-sobre-personal-civil-regido-el-decreto-12#c45649372009-10-15T20:32:28Zcesar daza quisiera saber si al personal civil del ministerio e defensa, mas aun si una persiona que estuvo vinculada e este ministerio...
<p> quisiera saber si al personal civil del ministerio e defensa, mas aun si una persiona que estuvo vinculada e este ministerio y que no halla cumplido con el tiempo de servicios pero si con la edad se le puede reconiocer la indemnizacion sustitutiva de la pencion
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Comentario en Mas comentarios sobre el personal civil regido por el decreto 1214 de 1990.http://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2009/01/21/mas-comentarios-sobre-personal-civil-regido-el-decreto-12#c45435002009-10-13T16:26:00Zaugusto Diana me gustaria saber la gfecha de vinculación y tu cargo, donde laboras. Te cuento que tengo pensado instaurar una deman...
<p> Diana me gustaria saber la gfecha de vinculación y tu cargo, donde laboras. Te cuento que tengo pensado instaurar una demanda para que el personal de la ley 100 vuelva al regimen especial del 1214, eso seria una lucha grande pero hay que hacerla, solo hay que esperar unas cositas que estoy manejando....cualquier duda, escribe.
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<p> PERTENESCO ALA LEY 100 QUISIERA MAS INFORMACION CASINO RESIBIMOS CAPACITACIONES SOLO LO QUE PUEDA INVESTIGAR
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Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c45034572009-09-28T15:11:45Zaugusto Carlos Julio...mira lo primero que debo aclararte es que no se trata de una sentencia, es un acto legislativo y es el 01 de ...
<p> Carlos Julio...mira lo primero que debo aclararte es que no se trata de una sentencia, es un acto legislativo y es el 01 de 2005. segundo, no veo porque te puedan desafiliar del sistema de salud si el acto legislativo solo es en materia pensional. tercero. para el que te ofrezca bonos pensionales y otras cosas, pidele las cosas por escrito y me las transcribes. finalmente no te dejes embaucar que la ley organica de la policía es la ley 62 de 1993 y esta ley dice que el personal no uniformado hace parte de ella, entonces no veo como ese oficial u otras personas derogaron la ley......lo mejor es que me vayan transcribiendo o enviando los comunicados oficiales, no los comentarios de pasillo...sigan trabajando que no hay problema. en caso de algo me ofrezco a enviarles la tutela para que la presenten y veran como no tienen forma de controvertirla.
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Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c44979862009-09-25T18:43:08Zcarlos julio gil Buenos Dias, respetuosamente me dirijo austed para solicitarle muy comedidamente me aclare como va lo de la sentencia No.001...
<p> Buenos Dias, respetuosamente me dirijo austed para solicitarle muy comedidamente me aclare como va lo de la sentencia No.001 de 22 de julio de 2005 ya que falta poco apra la fecha de su cumplimiento y aqui en el departamento de policia quindio llego un señor oficial de Bogotá de la Dirección General de la Policía a ofrecernos bonos pensionales para solucionarnos en parte el problema y afiliarnos a una eps para poder cumplir con el tiempo y los aportes ya que si no se da una solucion de un proyecto de acto legislativo antes del 31 de julio de 2010 desafortunadamente el primero de agosto 1400 empleados civiles de la Policia Nacional a nivel país quedaremos inscritos en la nueva ley general de salud (Ley 100 23/12/93) y se acabarían las ilusiones de una pension digna para el personal del 1214 que quedamos en espectativa.</p>
<p>MUCHAS GRACIAS.
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<p> Ese tiempo para que sea continuo debe haber sido ininterrumpido, es decir continuo, maximo 15 dias entre el dia que terminaste de trabajar y la nueva vinculación....por otra parte te aconsejo que envies un derecho de petición a la oficina de personal para que te certifiquen el tiempo laborado y alli explicas que entraste en 1990, a desempeñar tal tarea en tal unidad etc...ojala tengas colillas de pago o algo que pruebe tu vinculación.....si te reconocen ese tiempo. ya estas a punto de pensionarte...chao y cualquier duda me cuentas
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Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c44967452009-09-25T02:55:13ZJavier MartinezQuisiera saber como me reconocerían un tiempo que trabajé, para completar los 20 años, soy 1214 y antes de que me nombrara...
<p>Quisiera saber como me reconocerían un tiempo que trabajé, para completar los 20 años, soy 1214 y antes de que me nombraran, trabajé cumpliendo un horario y realizando unas funciones asignadas, ya que ingresé por allá en marzo de 1990 y me nombraron en febrero de 1992. Lo que me dificulta son las pruebas, aunque tengo por testigos a mis compañeros de trabajo que están por salir, que recomendación me hace, para hacer valedero dicho tiempo? Y nuevamente gracias por esas excelentes ilustraciones.....</p>
<p>Cordialmente,</p>
<p>Javier....</p>
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<p> Priscila necesito mas datos tuyos, por un lado entraste a trabajar antes de la ley 100, eras de regimen especial y no tines problemas para la pensión con 20 años. por otra parte el ascenso es otra cosa y tienes derecho al ascenso siempre que hayan plazas. Del concurso si tengo que decirte que debes informarme si eres de libre nombrameinto o no, porque si eres de carrera deberias concursar, pero no creo que los concursos se den en menos de tres años y ya para esa epoca debes estar pronta a pensionarte...no te preocupes y sigue trabajando que todo esta controlado.
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<p> quisiera saber si tengo derecho al ascenso sin tener que concursar soy del Decreto 1214 de 1990, y quisiera que usted me ayude para que me ilustre que tengo que hacer o como redacto el oficio para enviar y lo mas importante es los numeros de las sentencias por si tengo derecho<br />
sus articulo nos ayudan mucho por favor espero respuesta pronto,<br />
cordialmente<br />
priscila</p>
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<p> estimado sr augusto lo saludo cordialmente y quisiera saber que noyicias nuevas tenemos sobre el 1214 y como vamos en esta contra el reloj gracias
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Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c44063182009-08-21T02:25:02Zhenry gutierrez tafur excelentisima ilustracion al respecto debemos estar completamente convensidos que somos parte de la fuerza publica con la m...
<p> excelentisima ilustracion al respecto debemos estar completamente convensidos que somos parte de la fuerza publica con la mision clara de mantener la soberania territorial restablecer y mantener el orden publico y politico de la republica de colombia lo cual nos genera un gran riesgo para la convivencia social
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Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c44053262009-08-20T16:41:25Zaugusto Raquel no creas todo lo que te dicen....si alguien te dijo que salio un decreto es mentira, tu misma te puedes meter a la pa...
<p> Raquel no creas todo lo que te dicen....si alguien te dijo que salio un decreto es mentira, tu misma te puedes meter a la pagina de presidencia y alli estan todos los decretos por meses y veras como no es cierto....no creas hasta no ver...chao
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Comentario en Personal civil y no uniformado de la fuerza públicahttp://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2008/10/28/personal-civil-y-uniformado-la-fuerza-publica#c44042902009-08-20T01:23:23ZRAQUEL es verdad que el 01 de marzo firmaron nuevo decreto que el 1214 de pensiona en el 2014 tantos comentarios que uno no sabe qu...
<p> es verdad que el 01 de marzo firmaron nuevo decreto que el 1214 de pensiona en el 2014 tantos comentarios que uno no sabe que creer lo unico que puedo decir es que mi dios y la virje no nos abandonaran
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Comentario en Mas comentarios sobre el personal civil regido por el decreto 1214 de 1990.http://augusto-lopez.espacioblog.com/post/2009/01/21/mas-comentarios-sobre-personal-civil-regido-el-decreto-12#c44019932009-08-18T23:14:50Zcarlos julio gil cardenas Estoy muy contento por que personas como tu con la investigación que has hecho y la aclaración de varias situaciones que n...
<p> Estoy muy contento por que personas como tu con la investigación que has hecho y la aclaración de varias situaciones que necesitaba que me aclararan, nos dan moral para esperar que decisión va a tomar el gobierno el año entrante en cuanto a la situación de nosotros ya que en por ejemplo en el Quindío habemos unos compañeros que quedamos colgando con la sentencia. AUGUSTO CUALQUIER COLABORACION QUE NECESITE DE NOSOTROS ESTAREMOS PRESTOS A AYUDARLE.<br />
GRACIAS.</p>
<p>CARLOS JULIO GIL CARDENAS<br />
Av.Centenario Cll2N Cdo Policía Quindío<br />
3147952888
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